Para poder utilizar un medicamento en los centros sanitarios del Sistema
Nacional de Salud (SNS) es necesario que, en primer lugar, el medicamento haya sido
autorizado para su comercialización y, en segundo lugar, que sea incluido en la
prestación farmacéutica del SNS, para su financiación con cargo a fondos públicos.
Ambos son necesarios en un contexto de utilización ordinaria del medicamento en nuestro sistema sanitario público, en el que las Comunidades y Ciudades Autónomas y las Mutualidades de funcionarios, mediante sus entidades gestoras, financian los
medicamentos.

 

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